Derecho

Análisis Económico del Derecho
6 de abril de 2021

Miopía legislativa

En el Congreso cursa el proyecto de ley 412 de 2021 el cual establece como medida contra el hurto de celulares, el implantar, en los que se vendan o importen al país, una «opción tecnológica de fábrica que a voluntad del propietario inutilice las características esenciales del dispositivo» (Senado de la República, 2021). Esta idea, aparte de reciclada, por cuanto ya había sido presentada (y archivada) en el 2020, es a todas luces miope. Se ocupa de mirar el problema inmediato, pero le cuesta enfocar su visión hacia las consecuencias futuras.

Sabiendo que hoy en día a los celulares hurtados se les puede deshabilitar sus funciones de llamada con el reporte del IMEI, lo que propone este proyecto «de innovador» sólo puede pensarse en dos ámbitos: o un dispositivo que destruya al celular internamente (¿ácido, una mini bomba o una descarga eléctrica?), lo cual es absurdo para la seguridad, o un virus tal que lo deje inservible. Y es que la propuesta es tan abierta que habilita estas posibilidades: «La opción tecnológica podrá estar basada en un programa informático y/o en los componentes físicos del dispositivo móvil inteligente.»

Sea cual sea la opción, es ridículo creer que los fabricantes de teléfonos van a invertir un capital tecnológico y financiero en desarrollar un programa/componente para que puedan vender en Colombia sus productos, siendo que es esperable que no aportemos gran parte del mercado de celulares del mundo. Un poco de racionalidad económica nos diría que ante eso, buscarían la opción más barata: negarse a traerlos, condenando a Colombia al ostracismo y el rezago en telefonía móvil (máxime cuando no tenemos industria propia en este campo).

Por último, supongamos que lo elaboran y venden esos celulares en Colombia. ¿Qué pasará? Exacto: el costo adicional de producir estos celulares será trasladado a los clientes vía precio, haciendo que suban, lo cual también va en contra del bolsillo del consumidor. Mírese por donde sea, este proyecto de ley es nefasto; se vale de buenas intenciones (o reaccionarias a la situación actual de inseguridad), pero construye el camino al infierno en la adquisición de un teléfono móvil.

Autor:

David Andrés Franco Quintero
Docente – Abogado
Departamento de Matemáticas

Referencias:

Senado de la República. (2021). Gaceta del Congreso. Obtenido de PROYECTO DE LEY 412 DE 2021 SENADO: http://svrpubindc.imprenta.gov.co/senado/index2.xhtml?ent=Senado&fec=18-03-2021&num=146