Derecho

Economía digital
6 de julio de 2023

La hora del balance y la ruta a seguir en materia de transferencia de tecnología

El balance tecnológico para nuestros países después de la pandemia es bastante ambiguo. Aunque se conjuró la crisis utilizando vacunas de última generación que llegaron a los más desfavorecidos y a lugares recónditos en tiempos récord, el acceso efectivo a las nuevas tecnologías que se hicieron disponibles para tratar de controlar los efectos de la pandemia resulta, por el momento, menos espectacular.

Si observamos las erogaciones en que tuvieron que incurrir los países para procurarse los bienes y servicios necesarios para sobrellevar la emergencia (post) pandémica actual vamos a descubrir muy rápidamente que los costos contienen un componente muy importante destinado a remunerar la exclusividad protegida a través de derechos de propiedad intelectual, a través de los cuales, una vez más, se terminaron consolidando las posiciones de liderazgo tecnológico que merecidamente ostentan ciertos países industrializados.[1]

Por esta misma razón es necesario hacer un balance tecnológico del episodio pandémico, entendiendo este ejercicio como la verificación de los resultados esperados del funcionamiento óptimo del sistema global de propiedad intelectual, el cual según sus principios y objetivos debería normalmente inducir hacia un justo equilibrio en materia de desarrollo de capacidades tecnológicas como resultado de la interacción de los agentes dentro del mercado.[2] Desde esta perspectiva, lo normal hubiera sido que los países en desarrollo, además de haber superado la crisis, estuvieran ahora en una mejor situación para configurar soluciones tecnológicas apoyadas en sus sistemas nacionales de ciencia tecnología e innovación, de manera que, al instrumentalizar una auténtica transferencia de tecnología, esta les permita en el corto plazo ser más autónomos o incluso estar en mejores capacidades para cooperar con otros Estados o empresas en contextos de nuevas y/o inminentes crisis o eventos sanitarios globales.

Esta reflexión parece estar dándose al interior del Consejo de los ADPIC, donde Colombia exhibe una postura destacada basada en la evidencia y lecciones aprendidas durante la pandemia.[3] En efecto, el considerando 24 de la Declaración Ministerial sobre la Respuesta de la OMC a la Pandemia de Covid-19 y la Preparación para Futuras Pandemias, adoptada el 17 de Junio de 2022[4] recoge esta preocupación en los siguientes términos:

24. Los órganos competentes de la OMC, en sus ámbitos de competencia, y sobre la base de las propuestas de los Miembros, continuarán o iniciarán lo antes posible la labor de análisis de las enseñanzas extraídas y las dificultades experimentadas durante la pandemia de COVID-19. Se hará́ en el Consejo General cada año, hasta finales de 2024, un balance de la labor realizada por los órganos de la OMC en el marco de la presente Declaración, sobre la base de los informes de esos órganos competentes.

Ahora bien, para quienes, aun dentro de los países en desarrollo, consideran que al final de cuentas el sistema mundial de comercio sirvió su propósito principal al demostrar las virtudes de la especialización y la asignación eficiente de los factores de producción en la respuesta a un evento sanitario extremo, el ejercicio de balance parece volver a dejar de lado las finalidades y objetivos de un sistema llamado a armonizar el interés público y los rendimientos de las empresas algo que la destemplada discusión sobre la propuesta del waiver dejó más que en evidencia.

Pero sobre todo los balances son importantes porque permiten extraer lecciones aprendidas. Esto lo podemos constatar en el contexto actual donde algunos esfuerzos por aprovechar el momentum de la (post) pandemia, en términos de configuración de capacidades tecnológicas endógenas de respuesta, se ven desafiadas –cuando no asfixiadas– por las barreras que surgen de los esquemas de licenciamiento embebidos en las tradicionales lógicas maximalistas.[5]

El reto parece entonces estar en lograr una reconfiguración conceptual del alcance de aplicación de las licencias, que les permita ir más allá de su rol como herramienta de extracción de valor. Sólo de esta manera se estará abriendo la posibilidad de acercar los avances tecnológicos a las capacidades y necesidades de los territorios donde se licencian las patentes. Desde luego que es el momento de reconocer el rol importante de las licencias en los intercambios comerciales relacionados con la tecnología,[6] pero también es la oportunidad para que estos dispositivos jurídicos habiliten la participación de instituciones y científicos locales, de manera que se incentive un genuino acceso al conocimiento.

Aunque ya tenemos un buen camino recorrido para incorporar experiencias y buenas prácticas que permitan mover hacia adelante un sistema que no logra sacudirse de su pasado mercantilista, el contar con un balance claro será positivo solo en la medida que nos permita poner de presente que, así como somos buenos clientes, podemos también ser excelentes socios en materia de innovación tecnológica y cooperación científica.

Autor:

Guillermo Rodrigo Corredor
Docente investigador
Departamento de Derecho Económico


Referencias:

[1] Ver: “Direct Monetary Costs of Intellectual Property for Developing Countries”, (Ginebra, South Centre, 2022) disponible en: https://www.southcentre.int/wp-content/uploads/2022/03/SC-Report-DIRECT-MONETARY-COSTS-OF-INTELLECTUAL-PROPERTY-FOR-DEVELOPING-COUNTRIES-FINAL.pdf

[2] El artículo 7 del Acuerdo sobre los ADPIC proporciona un contexto para interpretar el acceso a la tecnología al subrayar que la protección y la observancia de los DPI deben contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de la tecnología, en beneficio recíproco de los productores y de los usuarios de conocimientos tecnológicos y de modo que favorezcan el bienestar social y económico, y a equilibrar derechos y obligaciones.

El artículo 8 reconoce el derecho de los Miembros de la OMC a adoptar medidas nacionales para promover el interés público en sectores de vital importancia para su desarrollo socioeconómico y tecnológico, siempre que dichas medidas sean “compatibles” con el Acuerdo sobre los ADPIC.

[3] Ver: Los Miembros se reúnen con las partes interesadas externas para avanzar en el debate sobre la ampliación de la Decisión relativa a los ADPIC Disponible en: https://www.wto.org/spanish/news_s/news23_s/trip_15jun23_s.htm

[4] Ver: Declaración Ministerial sobre la Respuesta de la OMC a la Pandemia de Covid-19 Y La Preparación para Futuras Pandemias, adoptada el 17 De Junio de 2022, (Ginebra, OMC, 2022)  disponible en https://docs.wto.org/dol2fe/Pages/SS/directdoc.aspx?filename=s:/WT/MIN22/31.pdf&Open=True

[5]Ver: “Science Held Hostage: How Pharma is Using mRNA Vaccine Contracts  With Government to Delay Future Innovation” (PrEP4All Prevention Equity Alert – April 2023) disponible en: https://static1.squarespace.com/static/5e937afbfd7a75746167b39c/t/643ee03ce3538e2bb5d925bf/1681842236736/PrEP4All+Prevention+Equity+Alert+-+4-2023.pdf

[6] Ver: Yang, G., Maskus, K. (2005) Intellectual Property Rights and Licensing: An Econometric investigation, en Intellectual propety rights ans development: lessons from recent economic research, Washington,  World Bank & Oxford University Press. p. 111-133.